Condiciones para la obligación y validez del ayuno

by Isa Rojas 11. enero 2010 12:53


 Comed y bebed hasta que se distinga el hilo blanco [la luz del alba] del hilo negro [la oscuridad de la noche]; luego, completad el ayuno hasta la noche …

 Corán 2:187

Condiciones para la obligación del ayuno

 

1. El Islam.

2. La pubertad.

3. La razón.

4. La capacidad para ayunar: quien se vea obligado a suspender su ayuno por vejez o por una enfermedad incurable, ya sea residente o viajero, debe alimentar por cada día no ayunado a un pobre la mitad de un sa’.

 

Dice el Altísimo:

 

(…) Y quienes pudiendo ayunar no lo hicieren deberán alimentar a un pobre [por cada día no ayunado (…)”. Corán 2:184

 

Condiciones para la validez del ayuno

 

1. El Islam.

2 y 3. Inexistencia de la sangre de la menstruación o de postparto.

4. La pubertad.

5. La razón.

6. La intención desde el anochecer, por el dicho del Profeta (que la paz y la misericordia de Alá sean con él): “Quien no haya hecho la intención de ayunar desde la noche, no tiene ayuno”. Abu Daud.

 

La intención no se pronuncia, el hacerlo es una innovación, basta con tener la intención que uno ayunará al día siguiente o comer el suhûr1.

 

Lo que es obligatorio en el ayuno es abstenerse de incurrir en alguno de los anuladores del ayuno, desde que empieza la primera claridad del alba hasta que se pone el sol.

 

Dice el Altísimo:

 

(…) Comed y bebed hasta que se distinga el hilo blanco [la luz del alba] del hilo negro [la oscuridad de la noche]; luego, completad el ayuno hasta la noche (…)”. Corán 2:187

1 Suhûr: Lo que uno come antes de empezar a ayunar.

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