La riqueza ganada por un converso antes del Islam

by Isa Rojas 25. abril 2011 13:22

  

De: Jamal Zarabozo

Cuando alguien adopta el Islam, es muy probable que parte de su riqueza provenga de fuentes que el Islam considera ilegítimas. Por ejemplo, el converso puede haber ganado dinero con operaciones que impliquen cobro de intereses, vender o servir alcohol y demás. ¿Qué debe hacer el nuevo musulmán con dicha riqueza que ya está en su posesión?[1]

La regla general es que toda riqueza que ya esté en posesión de la persona al momento de la conversión al Islam sigue siendo propiedad de la persona sin importar cómo la haya ganado, en tanto y en cuanto haya sido obtenida de manera legal según las leyes bajo las que vivía la persona. No se aplican, entonces, los principios islámicos por la riqueza obtenida antes de su conversión. Así, por ejemplo, dice Allah:

 “A quien le haya llegado de su Señor la prohibición [de la usura] y se haya abstenido arrepintiéndose, podrá conservar lo que haya ganado” (2:275).

Este versículo demuestra que Allah pasa por alto las acciones realizadas antes de que las normas alcancen a la persona y esté obligada a seguir dichas normas. Muchas personas adoptaron el Islam durante la vida del Profeta (la paz y las bendiciones de Allah sean con él), pero no existen registros de que se les haya pedido su riqueza ni cuestionado sobre el origen de la misma. De hecho, incluso los matrimonios celebrados antes de la con-versión no eran cuestionados ni examinados para ver si cumplían con los estándares islámicos. En efecto, existen varios reportes que demuestran que el Profeta explícitamente estaba de acuerdo con que los conversos mantuvieran su riqueza. En realidad, la persona obtuvo esa riqueza creyendo que no había nada malo en lo que hacía. Por lo tanto, se les permite mantener dicha riqueza. Ese caso es diferente al de un musulmán que a sabiendas vende alcohol, por ejemplo. Dicha persona, aún después de arrepentirse de ese acto, no debe conservar la riqueza obtenida.

Sin embargo, la situación es diferente si el converso, al momento de la conversión, no ha recibido aún el dinero proveniente de una fuente que el Islam considera ilegítima. Por ejemplo, la persona puede haber vendido y repartido alcohol el 1 de Julio, pero no ha de cobrar ese dinero hasta el 1 de Diciembre. Mientras tanto, digamos en Septiembre, la persona que vendió esas bebidas alcohólicas se convierte al Islam. Es posible analizar esta situación y decir que como el contrato quedó cerrado antes de la conversión, sigue teniendo derecho a recibir este dinero, y se trata de riqueza ganada antes de convertirse en musulmán. Sin embargo, la mayoría de los sabios opinan que no tiene derecho a recibir ese dinero. Citan el siguiente versículo nuevamente:

“A quien le haya llegado de su Señor la prohibición [de la usura] y se haya abstenido arrepintiéndose podrá conservar lo que haya ganado” (2:275).

Ahora bien, ya ha recibido la advertencia y sólo puede conservar el dinero recibido antes y debe deshacerse de todo el interés. Allah también dice:

“Si os arrepentís tenéis derecho al capital original” (2:279).

Así, por ejemplo, el Profeta (la paz y las bendiciones de Allah sean con él) abolió todos los contratos en los que se cobraban intereses durante un discurso en La Meca después de que muchas personas acababan de adoptar el Islam. Por lo tanto, si bien dichos contratos fueron cerrados antes de adoptar el Islam, el Profeta (la paz y las bendiciones de Allah sean con él) anuló claramente el aspecto prohibido del contrato. En definitiva, una vez que la persona adopta el Islam, desde ese momento no debe aceptar ninguna riqueza que se gane a través de medios prohibidos, sin importar si el contrato de la misma tuvo lugar antes de su conversión. En realidad, la persona debe creer que dicho dinero es prohibido y por lo tanto no debe desear recibirlo ni beneficiarse de él. Dada la naturaleza actual de los contratos, puede que no sea posible anular el mismo. Si se ve obligado a recibir el dinero, debe deshacerse y liberarse de él. (Muchas mezquitas tienen cuentas bancarias para recibir dinero obtenido por medios ilegítimos pero que la persona se vio obligada a recibir, como intereses sobre de-pósitos, y utilizan ese dinero de formas específicas tal como recomiendan los sabios).



[1] Para más detalles sobre este tema, ver Abbaas al-Baaz, Ahkaam al-Maal al-Haraam (Amman, Jordan: Daar al-Nafaa`is, 1999), pp. 121-134. La obra de Al-Baaz es la principal referencia de esta sección.  

 

 

 

 

 

Tags:

Nuevos musulmanes